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ATENCIÓN: Informamos que por motivos ajenos a nosotros hasta el 5 de Mayo aproximadamente no se podrá presentar las declaración de renta, no obstante con el fin de avanzar puede solicitar cita previa a partir de 27 de Abril para ir depositando su documentación y aportar datos.

Muchas gracias! .Tu reserva se ha enviado. En breve recibirá la confirmación de su cita.

 Se establece un periodo de duración estimado para cada visita de 25 minutos , es posible que algún caso se extendiera más ocasionando un ligero retraso en su turno, no obstante agradeceremos su puntualidad para evitar que esto pueda afectar al menor numero de personas. 

¿EMPEZAMOS CON TU DECALRACIÓN? - [CLICK AQUÍ]

Con la finalidad de que el día de la cita la toma de datos sea mas ágil y rápida puedes ir adelantando algunos datos que nos ayudará a reducir el tiempo de atención . Aquí te dejamos un enlace para que nos rellenes brevemente unos datos.

¿Qué documentación debo aportar para tramitar la declaración de Renta 2022?

Se necesita  el DNI original del titular de la renta y de su cónyuge.

  • RENTA 2021 (En caso de no haber realizado nosotros la declaración del año 2021)
  • CERTIFICADO DE LA EMPRESA de ingresos y retenciones, de Ud., cónyuge, hijos, si han trabajado por cuenta ajena.
  • RECIBOS DE CONTRIBUCIÓN de bienes urbanos y la escritura, si es de reciente adquisición.
  • Nº DE CUENTA BANCARIA.

Si has estado en ERTE cabe la posibilidad que los datos en poder de la Agencia Tributaria puedan estar érrenos, es por ello que recomendamos a todos los contribuyentes que tengan en cuenta los importes percibidos en su cuenta bancaria, así como las correspondientes devoluciones de importes percibidos incorrectamente.

Si tu empresa inició un ERTE y este hubiese sido declarado nulo, es conveniente notificarnos dicha información y aportar los documentos justificativos enviados por el SEPE comunicando la nulidad del procedimiento.

 

  • Carnet de familia numerosa de todos los miembros integrados en la condición de familia numerosa

PERCIBO / PAGO UNA PENSION COMPENSATORIA A MI EX-CONYUGE.

PERCIBO /PAGO UNA PENSIÓN POR ALIMENTOS A MIS HIJOS.

TENGO LA GUARDA Y CUSTODIA DE MIS HIJOS.

  • En todos los casos será necesario aportar una copia de la sentencia de divorcio o separación (salvo que ya dispongamos de esa información) donde se establezca la obligación a uno de los cónyuges a hacer frente al pago de una pensión por alimentos  en el caso de que existan hijos en común o una pensión compensatoria a favor de alguno de los cónyuges.
  • Será necesario aportar el contrato de arrendamiento de la vivienda y la referencia catastral de la vivienda.
  • Escritura de adquisición bien sea por donación, herencia o compra-venta con los correspondientes justificantes de pago de impuestos o gastos que hayan resultado de la operación.
  • Escritura de venta con los correspondientes justificantes de pago de impuestos o gastos que hayan resultado de la operación. 

IMPORTANTE: Si la vivienda que ha vendido ha esta alquilada en alguna ocasión debe comunicarnos esto ya que esto puede afectar a la determinación de la posible ganancia patrimonial.

  • Copia del contrato de arrendamiento.
  • Recibos de IBI.
  • Ingresos ó Certificados de retenciones si estos bienes se encuentran arrendados. 
  • Gastos satisfechos por el arrendador (Tributos y tasas, Seguro, Gastos de comunidad, Gastos de reparación y conservación, Intereses de préstamo hipotecario).
  • En caso de que no dispongamos de la información del año anterior sobre el tipo de adquisición, fecha de adquisición, importe de adquisición, se deberá aportar la escritura de adquisición mas reciente.
  • Importe de mejoras en la vivienda durante el año 2022 o anteriores, si se hubiesen realizado.
  • Si se hubiese vendido durante el 2022 la vivienda arrendada, habrá que indicar la fecha exacta de venta según escritura.
  • Histórico de adquisición de los activos adquiridos en los que se detalle la fecha y los  valores de adquisición. (Acciones, criptomonedas,etc) 
  • Si el o los contribuyentes son discapacitados o existe una persona discapacitada a su cargo será necesario aportar fotocopia del carnet de la Generalitat Valenciana así como la resolución si no obra en nuestro poder.
  • Justificante de los ingresos de la persona discapacitada o mayor a cargo.
  • En caso de haber recibido algún tipo de ayuda, aportar el justificante que determine el tipo de ayuda percibida y su cuantía. 
  • Certificado emitido por el país de origen de la pensión en el cual se indiquen las cantidades percibidas durante el año. En caso de no tener este certificado, extracto bancario de las cantidades percibidas durante el año 2022.

Si has realizado operaciones de compraventa y/o canje de criptomonedas debes proporcionarnos la información de la plataforma en la que se gestionan dichas operaciones por lo que deberá entregarse un un registro de cada operación con sus respectivos beneficios/pérdidas para tener todo contemplado y ordenado a la hora de realizar la declaración del IRPF.

Dónde estamos

Calle Constitución,Nº3

Paiporta (Valencia)

Tel: 96 397 14 91 – 669 67 99 52

 

Horario

Lunes a Viernes:

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